Calculadora RESICO: Régimen Simplificado de Confianza

Calcula el ISR del RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) en México — régimen fiscal simplificado para personas físicas con tarifa entre 1-2,5% sobre ingresos brutos, en vigor desde 2022.

✓ Editorially reviewed Updated June 1, 2026 By Ugo Candido
Percentage & Amount
Tarifa progresiva según ingreso mensual. ≤MX$ 25 000: 1%. ≤MX$ 50 000: 1,1%. ≤MX$ 83 333: 1,5%. ≤MX$ 208 333: 2%. ≤MX$ 291 667: 2,5%. Mayor a MX$ 291 667 mensual (límite anual MX$ 3,5M): debe migrar al régimen general (10-35% sobre utilidad).
MX$
Ingresos brutos del mes (todas las facturas emitidas). Para anual: dividir / 12 (mensualidad promedio). LÍMITE LEGAL: MX$ 3,5 millones anuales = MX$ 291 667/mes promedio. Superar este límite OBLIGA a salir del RESICO y migrar al régimen general.
Your estimate $—

Adjust the inputs and select Calculate for a full breakdown.

Compare Common Scenarios

How the numbers shift across typical situations for this calculator:

ScenarioISR RESICO mensualIngreso después de ISR
MX$ 25 000/mes · 1%25024,750
MX$ 50 000/mes · 1,1%55049,450
MX$ 100 000/mes · 2%2,00098,000
MX$ 200 000/mes · 2%4,000196,000

How This Calculator Works

Indica los ingresos brutos mensuales y la tasa RESICO aplicable. La calculadora devuelve el ISR a pagar mensualmente. PAGOS PROVISIONALES MENSUALES (al SAT antes del día 17 del mes siguiente). DECLARACIÓN ANUAL (abril del año siguiente). SIN DEDUCCIONES PERMITIDAS — la tasa baja compensa la ausencia de deducciones. INCLUSIVO de IETU eliminado. PARA QUIÉN: personas físicas con actividad empresarial o profesional (servicios profesionales, comercio, transporte, agricultura, ganadería, etc.). LÍMITE: MX$ 3,5 millones anuales de ingresos.

The Formula

Percentage of an Amount

Result = Amount × Percentage / 100

Amount is the base value, Percentage is the rate applied to it

Worked Example

Profesionista independiente con ingresos mensuales MX$ 100 000 (anuales MX$ 1,2 millones): TARIFA APLICABLE 2%. ISR RESICO mensual: MX$ 2 000. ISR anual: MX$ 24 000 (2% de MX$ 1,2M). COMPARACIÓN con régimen GENERAL (Actividades Empresariales y Profesionales): suponiendo utilidad MX$ 600 000 (50% margen) y deducciones MX$ 600 000: ISR ~MX$ 110 000-130 000 con tarifa progresiva. AHORRO RESICO: MX$ 86 000-106 000/año. Para freelancer MX$ 30 000/mes (anual MX$ 360 000): RESICO 1,1% = MX$ 330/mes = MX$ 3 960/año. Vs régimen general con utilidad MX$ 180 000 (50% margen) y deducciones: ISR ~MX$ 8 000-15 000. RESICO sigue siendo ventajoso. PARA INGRESOS ALTOS cerca del límite (MX$ 270 000/mes): RESICO 2,5% = MX$ 6 750/mes. Vs régimen general MX$ 35 000-40 000/mes. ENORME ahorro fiscal.

Key Insight

El RESICO es la reforma fiscal más relevante para profesionistas y pequeñas empresas en México desde 2014 — diseñada para fomentar la FORMALIZACIÓN reduciendo dramáticamente la carga fiscal de quienes facturan hasta MX$ 3,5 millones anuales. Para un consultor o profesional independiente: pasar del régimen general al RESICO típicamente reduce ISR del 25-30% del ingreso al 1-2,5%, lo que se traduce en MX$ 100 000-300 000 de ahorro anual. La contrapartida: NO HAY DEDUCCIONES permitidas — gastos de operación, equipos, insumos no reducen base imponible. Para profesionales con MUY ALTOS gastos de operación (estudios médicos con equipos caros, despachos con muchos empleados): régimen general puede seguir siendo más conveniente. Riesgo principal: SUPERAR el límite anual de MX$ 3,5M dispara migración OBLIGATORIA al régimen general a partir del año siguiente. Planificación de facturación crítica para mantener RESICO.

RESICO vs RIF vs régimen general: comparación histórica

La historia fiscal mexicana reciente muestra una clara evolución hacia la simplificación para pequeñas empresas y profesionistas. Comprender las diferencias entre RIF (régimen anterior), RESICO (vigente) y régimen general ayuda a tomar decisiones informadas.

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF) — 2014-2022. Predecesor del RESICO. Tarifa REDUCIDA con descuentos por años de antigüedad (primer año 0% ISR, segundo año 10%, etc. hasta llegar al 100% en el año 10). Permitía deducciones. Para personas físicas con ingresos hasta MX$ 2 millones. PROBLEMA: complejidad de cálculo del descuento, transición compleja al fin del periodo de gracia.

RESICO — desde 2022. Reemplazo del RIF. SIMPLIFICACIÓN MÁXIMA. Tasa fija progresiva sin descuentos especiales (tarifa siempre la misma). SIN DEDUCCIONES. Límite incrementado a MX$ 3,5 millones (vs MX$ 2M del RIF). VENTAJAS sobre RIF. (1) Cálculo mucho más simple. (2) Mayor límite de ingresos. (3) Predecibilidad (sin transiciones complejas al fin del periodo). DESVENTAJAS sobre RIF. (1) Sin deducciones (RIF permitía algunas). (2) Sin descuentos por edad fiscal (RIF lo otorgaba). PARA QUIÉN. RESICO ideal para: consultores, freelancers, médicos privados sin instalaciones grandes, abogados independientes, ingenieros independientes, comerciantes pequeños con bajo costo de mercancía. RÉGIMEN GENERAL (Actividades Empresariales y Profesionales). Tarifa progresiva ISR 1,92%-35% sobre UTILIDAD FISCAL (ingreso − deducciones). PERMITE deducciones amplias. Sin límite de ingreso. OBLIGATORIO para quien supere MX$ 3,5 millones anuales. PARA QUIÉN. Empresas medianas-grandes, profesionistas con muchos gastos operativos, profesionales con personal contratado. CASO PRÁCTICO. Médico privado con ingresos MX$ 1,5M/año. (1) GASTOS bajos (consultorio rentado simple, sin personal): RESICO óptimo. ISR ~MX$ 22 500. (2) GASTOS altos (equipos médicos, asistente, enfermera, software): RESICO ~MX$ 22 500. Régimen general con deducciones MX$ 800 000: utilidad MX$ 700 000, ISR ~MX$ 145 000. RESICO sigue ganando — porque tasa 1,5-2% sobre ingreso siempre genera ISR menor que 25-30% sobre utilidad cuando margen >7%. CONCLUSIÓN. Para profesionistas pequeños y medianos en México: RESICO es OPCIÓN PREFERIBLE en 90% de los casos. Verificar caso a caso solamente cuando gastos superan 60-70% del ingreso.

Planificación fiscal para mantenerse en RESICO

Mantener la elegibilidad para el RESICO requiere planificación. Superar el límite de MX$ 3,5 millones anuales obliga a migrar al régimen general — frecuentemente mucho más costoso. Estrategias legítimas para optimizar la facturación pueden hacer la diferencia.

ESTRATEGIA 1: PLANIFICACIÓN DE FACTURACIÓN AL FIN DE AÑO. Si en octubre la facturación acumulada está cerca del límite: postponer facturas al año siguiente cuando contractualmente sea posible. EJEMPLO. Consultor con MX$ 3,2 millones facturados en octubre. Proyecto que terminará en diciembre por MX$ 500 000 que excedería el límite. SOLUCIÓN: negociar con cliente facturar MX$ 200 000 en diciembre y MX$ 300 000 en enero (fin de proyecto formal en enero). MANTIENE RESICO el año siguiente. ATENCIÓN: SAT vigila prácticas evidentemente artificiosas (postergación masiva al último trimestre).

ESTRATEGIA 2: DIVISIÓN DE ACTIVIDADES EN MIEMBROS DE FAMILIA. Si un profesionista factura cerca de MX$ 3,5M y su cónyuge no tiene actividad: separar actividades de manera AUTÉNTICA. Cónyuge realmente toma ciertas actividades como propias (con su propio RFC, facturación, responsabilidad). Cada uno aprovecha su límite RESICO. RIESGO: si separación es FALSA (cónyuge solo presta su nombre): autoridad puede recalificar como actividad de uno solo y exigir reintegros + multas. ASEGURAR autenticidad. ESTRATEGIA 3: SOCIEDADES MERCANTILES PARA ACTIVIDADES MAYORES. Una vez superado el límite RESICO, considerar constituir SOCIEDAD MERCANTIL (S.A., S.R.L., S.A.P.I.). Para empresas: RESICO MORAL aplica hasta MX$ 35 millones — 10 veces más límite. Para sociedad mediana: ISR efectiva en RESICO MORAL frecuentemente 5-15% sobre utilidad (vs 30% régimen general). REQUIERE: constitución formal, contador especializado, contabilidad más estructurada. ESTRATEGIA 4: REINVERSIÓN ESTRATÉGICA. Pequeño empresario cerca del límite puede ALEJARSE de RESICO si proyecta crecimiento sostenido. Migrar voluntariamente a régimen general con buena planificación de deducciones (equipos, inversiones, contrataciones) puede minimizar carga fiscal en transición. PLANIFICACIÓN. (1) Monitoreo MENSUAL de facturación acumulada (no esperar al fin de año). (2) Modelo financiero proyectado para los próximos 3 años — verificar si crecimiento sostenido pone en riesgo RESICO. (3) Asesoría fiscal antes de cada cierre fiscal.

Errores comunes en el RESICO

El RESICO es atractivo por su simplicidad pero varios errores frecuentes pueden generar problemas con el SAT o desventajas fiscales innecesarias. Conocer estos errores ayuda a optimizar la operación dentro del régimen.

ERROR 1: Tratar de deducir gastos. El RESICO NO PERMITE DEDUCIONES — emisión de factura por gasto profesional o personal NO REDUCE la base imponible. Algunos contribuyentes confundidos siguen presentando facturas de gastos con la esperanza de reducir ISR. RESULTADO: ningún beneficio fiscal + posible llamado de atención del SAT por declaración inconsistente.

ERROR 2: No emitir CFDI por todos los ingresos. Algunos profesionistas cobran en efectivo y no emiten factura, pensando que el RESICO simplifica también la facturación. INCORRECTO: la obligación de emitir CFDI por cada ingreso PERSISTE. SAT cruza información (datos bancarios, depósitos, ventas) — discrepancias generan auditoría. RIESGO: multas, recalculación de ISR con régimen general, intereses moratorios. ERROR 3: No registrar ingresos no facturados (intereses bancarios, ganancia bursátil). Aunque la actividad principal está en RESICO, otros ingresos (interés, dividendos, ganancia capital) pueden tributar en régimen diferente y NO se incluyen en RESICO. Incluirlos por error: paga más ISR del debido. NO incluirlos: omisión declarativa. SAT identifica fácilmente vía CIRBE bancaria. ERROR 4: Confundir RESICO Personas Físicas con RESICO Personas Morales. Son DOS REGÍMENES diferentes. Persona física con facturación >MX$ 3,5M: NO puede migrar a RESICO Personas Morales (es para sociedades, no para individuos). PUEDE constituir sociedad para acceder al RESICO Moral con límite de MX$ 35M. Decisión empresarial estratégica, no contable. ERROR 5: No tomar prudencia con clientes que pagan tarde. RESICO tributa sobre INGRESOS COBRADOS (no facturados pendientes). Si cliente paga en febrero por servicio prestado y facturado en noviembre: ingreso se computa al MOMENTO de cobro. Algunos contribuyentes anticipan tributación sobre ingresos facturados pero no cobrados — pagan ISR sin haber recibido el dinero. CONFIRMAR: tributación es sobre flujo de efectivo (cuando se cobra). ERROR 6: Ignorar la declaración anual. PAGOS PROVISIONALES mensuales no eliminan la obligación de declaración anual en abril. SAT calcula ISR anual con tarifa aplicable y compara con pagado en provisionales. Diferencias se ajustan. Omitir declaración anual: multas y recargos. INCLUSO si no debe ISR adicional: declaración debe presentarse.

Tarifa RESICO por nivel de ingreso mensual

Tarifa progresiva vigente 2025 (sujeta a ajuste anual SAT). Aplicada directamente sobre INGRESOS BRUTOS mensuales sin deducciones. Pago provisional mensual + declaración anual.

Ingreso mensualTarifaISR mensualISR anualTasa anual efectiva
MX$ 25 0001%MX$ 250MX$ 3 0001%
MX$ 50 0001,1%MX$ 550MX$ 6 6001,1%
MX$ 83 3331,5%MX$ 1 250MX$ 15 0001,5%
MX$ 150 0002%MX$ 3 000MX$ 36 0002%
MX$ 208 3332%MX$ 4 167MX$ 50 0002%
MX$ 291 667 (límite)2,5%MX$ 7 292MX$ 87 5002,5%

Tasas vigentes 2025. Límite anual MX$ 3,5 millones (MX$ 291 667 mensual promedio). Superado el límite: migración obligatoria al régimen general el año siguiente (ISR progresiva 1,92-35% sobre utilidad).

Frequently Asked Questions

Qué es el RESICO?

RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA. Introducido por reforma fiscal 2022. Régimen voluntario que reemplaza el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal). Para PERSONAS FÍSICAS con actividad empresarial/profesional. Tarifa MUY BAJA (1-2,5%) sobre INGRESOS BRUTOS sin deducciones. Filosofía: simplificar para fomentar formalización. ALSO RESICO PERSONAS MORALES: variante para empresas con ingresos hasta MX$ 35 millones — tarifa similar.

Cuáles son los requisitos?

PARA PERSONAS FÍSICAS RESICO. (1) Ingresos anuales no superan MX$ 3,5 millones (revisar al cierre del año previo). (2) Actividad empresarial, profesional o de arrendamiento. NO APLICA a sueldos y salarios (esos siguen en régimen ordinario asalariados). (3) NO realizar las actividades específicamente excluidas (ciertas operaciones financieras especulativas). (4) Estar inscrito en RFC con buen historial. (5) Optar voluntariamente por el régimen (en aviso de actualización de actividades).

Y si supero el límite de MX$ 3,5 millones?

MIGRACIÓN OBLIGATORIA al régimen general a partir del AÑO SIGUIENTE. Año de superación: termina cotizando RESICO hasta el 31 diciembre. Año siguiente: régimen general (Actividades Empresariales y Profesionales con tarifa progresiva ISR 1,92-35% sobre UTILIDAD). PRÁCTICA: planificación de facturación al fin del año para evitar superar el límite (postergar facturas a enero del año siguiente cuando es posible). Importante: si solo superas por 1-2 meses temporalmente y vuelves a estar bajo el límite: SAT puede permitir mantener RESICO el año siguiente (caso por caso).

Por qué no se deducen gastos?

FILOSOFÍA DEL RESICO. Simplicidad máxima — tributar directamente sobre ingreso sin necesidad de comprobar gastos. La TARIFA REDUCIDA (1-2,5%) está pensada para compensar la ausencia de deducciones. PARA QUIÉN VALE LA PENA. Profesionistas/empresas con margen alto (consultoría, servicios profesionales puros, software, contenido digital): RESICO conveniente porque pocos gastos deducibles. PARA QUIÉN NO. Profesionistas con MUCHOS gastos (médicos con equipo costoso, ingenieros con laboratorio, empresas con personal grande): régimen general puede ser más conveniente.

Hay otras obligaciones?

OBLIGACIONES SIMPLIFICADAS pero existentes. (1) Pagos provisionales MENSUALES (antes del día 17 mes siguiente). Calculados con porcentaje sobre ingresos del mes. (2) Declaración anual (abril año siguiente). (3) Emisión de CFDI (facturas digitales) por ingresos y gastos. (4) Contabilidad simplificada (no balance general formal, pero sí registro de operaciones). (5) Aviso al SAT en caso de cambios significativos (incremento de actividad, contratación de empleados, etc.).

Y para personas morales (empresas)?

RESICO PERSONAS MORALES — variante para empresas. APLICA a sociedades con ingresos anuales NO superiores a MX$ 35 millones. TARIFA según ingresos (similar a personas físicas pero con escalones diferentes). PERMITE DEDUCCIONES (a diferencia del RESICO personas físicas) — esto es una diferencia clave. Para empresas medianas con buena facturación pero alta cantidad de gastos: RESICO MORAL frecuentemente conveniente vs régimen general empresarial (tasa 30% sobre utilidad). REQUIERE asesoría fiscal especializada para optimizar la transición.

References & Authoritative Sources

Related Calculators

Methodology & Review

Ugo Candido ✓ Editor
Founder & Editor-in-Chief at CalcDomain — responsible for the methodology, sourcing, and technical review of this calculator.

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), vigente desde 2022, aplica una tarifa MUY REDUCIDA sobre INGRESOS BRUTOS (no sobre utilidad neta) para personas físicas con actividad empresarial o profesional hasta MX$ 3,5 millones de ingresos anuales. Tarifa mensual progresiva: hasta MX$ 25 000 = 1%; MX$ 25 000-50 000 = 1,1%; MX$ 50 000-83 333 = 1,5%; MX$ 83 333-208 333 = 2%; MX$ 208 333-291 667 = 2,5%. Sustituye el ISR tradicional (10-35% sobre utilidad). NO permite deducciones — pago directo sobre ingreso. Régimen simplificado para fomentar formalización.

Written by Ugo Candido · Last updated June 1, 2026.