Calculadora IAE España: Impuesto Actividades Económicas

Calcula el IAE en España — Impuesto sobre Actividades Económicas que pagan las empresas con cifra de negocios superior a 1 millón € al ayuntamiento correspondiente al ejercicio de su actividad.

✓ Editorially reviewed Updated June 1, 2026 By Ugo Candido
Percentage & Amount
Coeficiente total = coef. ponderación nacional × coef. situación municipal × (1 + recargo provincial). PONDERACIÓN nacional: 1,29 (CN 1-5M €), 1,30 (5-10M), 1,32 (10-50M), 1,33 (50-100M), 1,35 (>100M). SITUACIÓN municipal: 0,4-3,8 según calle/categoría. RECARGO provincial: 0-40%. Coeficiente típico para empresa mediana en ciudad media: ~150-250%. Madrid/Barcelona zona prime: 300-500%.
Cuota tarifa base del epígrafe IAE correspondiente a tu actividad. Ejemplos típicos: comercio minorista alimentación ~300-800 €. Hotel 50-100 habitaciones ~3 000-6 000 €. Banco grande sucursal urbana ~8 000-15 000 €. Construcción mediana ~2 000-5 000 €. Servicios profesionales agrupados ~1 500-3 000 €. Consultar Real Decreto 1175/1990 (Tarifas IAE) para epígrafe específico.
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Compare Common Scenarios

How the numbers shift across typical situations for this calculator:

ScenarioIAE estimado anualCuota tarifa base
Cuota 3k · 200% (ciudad media)6,000-3,000
Cuota 5k · 400% (Madrid centro)20,000-15,000
Cuota 10k · 300% (Barcelona)30,000-20,000
Cuota 2k · 100% (pueblo)2,0000

How This Calculator Works

Indica la cuota tarifa base nacional según tu epígrafe IAE y el coeficiente total multiplicador (% que combina ponderación nacional + situación municipal + recargo provincial). La calculadora devuelve el IAE anual estimado. EXENCIÓN GENERAL: autónomos (personas físicas), entidades con cifra de negocios <1 millón €, entidades nuevas los 2 primeros años. PAGO: una vez al año, gestionado por el ayuntamiento (típicamente septiembre-noviembre). RECARGOS: si pagas tarde, multa progresiva 5-20% + intereses de demora.

The Formula

Percentage of an Amount

Result = Amount × Percentage / 100

Amount is the base value, Percentage is the rate applied to it

Worked Example

Empresa con cifra de negocios 3 000 000 €, epígrafe 'Comercio minorista mobiliario' con cuota tarifa 4 200 €. Local en zona comercial Madrid (coef. situación 2,4) y recargo provincial 30%. CÁLCULO: 4 200 × 1,29 (pond. CN 1-5M) × 2,4 (situación) × 1,30 (1 + 30% recargo) = 16 902 € anuales. Para misma empresa en pueblo pequeño (coef. situación 0,4): 4 200 × 1,29 × 0,4 × 1,30 = 2 818 € — DIFERENCIA 6X. Para empresa más grande CN 15 millones € en Barcelona zona prime: cuota tarifa 8 000 € × 1,32 × 3,8 × 1,40 = 56 246 € anuales. EJEMPLO 'PEQUEÑO'. Empresa cifra negocios 1,2M € (justo sobre el umbral), comercio minorista, ciudad media: cuota tarifa 800 € × 1,29 × 1,5 × 1,1 = 1 703 € anuales — relativamente modesto.

Key Insight

El IAE pierde relevancia económica relativa para empresas mexicanas desde la exención de las que facturan menos de 1 millón € (Ley 51/2002) — pero sigue siendo significativo para empresas medianas-grandes, especialmente en sectores intensivos en metros cuadrados (retail, hostelería, talleres industriales). La estructura del impuesto (cuota tarifa × coeficientes) genera importantes desigualdades: un mismo negocio paga 5-10X más en Madrid centro vs un pueblo pequeño. Esta característica fue diseñada para que el IAE compense por la 'capacidad de generación de negocio' del entorno (mayor afluencia + mejor visibilidad en zonas premium = mayor IAE), pero en práctica representa una barrera importante para emprendimientos en zonas céntricas. Las exenciones (autónomos, empresas <1M €, empresas nuevas) protegen al tejido emprendedor pero también reducen la base recaudatoria. Reformas continuas (modernización epígrafes IAE pendiente desde 1990) son criticadas por sectores que consideran que los epígrafes no reflejan la economía actual (digital, plataformas, gig economy).

Historia del IAE: reforma 2003 y exención de pymes

El IAE en su forma actual es resultado de una reforma histórica que en 2003 transformó radicalmente su impacto en el tejido empresarial español. Comprender su evolución ayuda a entender el papel actual del impuesto.

ANTES DE 2003. IAE OBLIGATORIO para TODAS las empresas y autónomos. Sistema heredado de la reforma fiscal de 1990 (Ley 39/1988 de Haciendas Locales). Pequeños comerciantes y autónomos pagaban cuotas significativas: epígrafes tradicionales (kioscos, pequeño comercio, peluquería) tributaban 500-2 000 € anuales — peso importante para microempresas. ALTA RECAUDACIÓN para ayuntamientos pero IMPACTO REGRESIVO en pequeños negocios.

REFORMA 2003 (Ley 51/2002). EXENCIÓN para personas físicas (autónomos) y entidades con cifra de negocios <1 millón €. RAZÓN POLÍTICA: aliviar carga a pymes y emprendedores. CONSECUENCIAS. (1) ~95% de empresas españolas QUEDARON EXENTAS (la inmensa mayoría son pymes o autónomos). (2) Recaudación municipal CAYÓ ~70% del IAE. (3) Ayuntamientos compensaron con AUMENTO DE OTROS TRIBUTOS (IBI, ICIO, tasas) — quema fiscal a otros sectores. (4) IAE quedó como impuesto a GRANDES EMPRESAS — perdió su perfil de tributo general. CRÍTICAS. (1) RECAUDACIÓN MUNICIPAL inadecuada para servicios públicos demandados. (2) DISCRIMINACIÓN entre PYMEs (exentas) y GRANDES EMPRESAS (pagan): incentivo a NO crecer (mantenerse bajo 1M €). (3) EPÍGRAFES OBSOLETOS: tarifas no actualizadas desde 1990, no reflejan economía digital. (4) RIGIDEZ EN PEQUEÑOS NEGOCIOS QUE CRECEN: un comercio que pasa de 950 000 a 1 200 000 € de cifra de negocios sufre paso significativo en carga fiscal (paso del 0% al IAE pleno + otros tributos correspondientes a empresa mediana). PROPUESTAS DE REFORMA. (1) ELIMINACIÓN TOTAL del IAE y sustitución por otros tributos municipales modernos. (2) MODERNIZACIÓN EPÍGRAFES IAE (digital, plataformas, gig economy). (3) UMBRAL PROGRESIVO entre 1-2 millones € de cifra de negocios para suavizar transición. Ninguna de estas reformas ha avanzado significativamente.

IAE y planificación de localización: implicaciones territoriales

El IAE tiene una característica única en la fiscalidad española: su coeficiente de situación municipal puede multiplicar la cuota por 5-10X según la zona del local elegido. Esto convierte la decisión de localización en una decisión fiscal estratégica importante para empresas con cifra de negocios >1 millón €.

MULTIPLICADORES TÍPICOS POR ZONA. Madrid centro (Gran Vía, Sol, Salamanca): coef. 3,0-3,8. Madrid zonas comerciales secundarias (Vallecas, Carabanchel): coef. 1,2-1,8. Madrid periferia residencial: coef. 0,5-0,8. Barcelona zona prime (Paseo de Gracia, Diagonal): coef. 3,2-3,8. Ciudades medias (Valladolid, Zaragoza, Málaga): zona central 1,8-2,5. Pueblos pequeños (<5 000 habitantes): coef. 0,4-0,8.

EJEMPLO COMPARATIVO. Empresa comercio minorista con cuota tarifa 5 000 € (mediano-grande) y CN 5 millones €. (1) Madrid Gran Vía (coef. situación 3,5 + recargo provincial 30%): IAE = 5 000 × 1,30 × 3,5 × 1,30 = 29 575 €. (2) Madrid Vallecas (coef. 1,5 + recargo provincial 30%): IAE = 5 000 × 1,30 × 1,5 × 1,30 = 12 675 €. (3) Pueblo pequeño Castilla (coef. 0,5 sin recargo): IAE = 5 000 × 1,30 × 0,5 × 1,0 = 3 250 €. DIFERENCIA Gran Vía vs pueblo: 26 325 € anuales = 9,1X más. PARA EMPRESA RETAIL. La diferencia en IAE entre zona prime y zona secundaria puede COMPENSAR PARCIALMENTE el sobre coste de alquiler en zona prime. Si alquiler diferencia es 50 000 €/año pero IAE ahorra 20 000 €/año: el coste FISCAL neto de la zona prime es 30 000 € (no 50 000 €). DECISIÓN EMPRESARIAL. Empresas con MARGEN ALTO y NECESIDAD DE VISIBILIDAD (joyería, retail de lujo, gastronomía premium): zona prime sigue justificándose. Empresas con MARGEN MEDIO-BAJO (alimentación, retail funcional): zonas comerciales secundarias generalmente más eficientes. Empresas con CIFRA DE NEGOCIOS <1 millón €: EXENTAS — IAE no es factor en decisión. RECARGO PROVINCIAL. Algunas Diputaciones (Cádiz, Sevilla, Málaga, Barcelona) aplican recargo provincial 30-40% sobre cuota municipal. Madrid: sin recargo provincial significativo. CONSULTAR antes de elegir municipio para empresa nueva.

Otros impuestos locales para empresas: complementarios al IAE

El IAE es uno de varios tributos locales que afectan a las empresas en España. Para empresas con cifra de negocios >1 millón €, los impuestos locales acumulados pueden representar 1-3% de la cifra de negocios. Conocer todos ayuda a planificar.

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Tributo MUNICIPAL anual sobre valor catastral de inmuebles propiedad de la empresa. Tipo 0,4-1,1% sobre valor catastral. Para nave industrial con valor catastral 2 millones €: IBI 8 000-22 000 €/año. APLICA tanto a empresas (oficinas, naves) como autónomos.

ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). Tributo MUNICIPAL sobre OBRAS realizadas. Tipo 2-4% sobre presupuesto de la obra. Aplica si empresa CONSTRUYE o RENUEVA local. Para reforma 100 000 € de local: ICIO 2 000-4 000 €. PUNTUAL — no recurrente. TASAS DE BASURAS Y RESIDUOS COMERCIALES. Tributo MUNICIPAL anual por gestión de basuras comerciales. Variable según local (m², tipo de actividad). Comercio mediano: 500-2 000 €/año. Hostelería: 1 500-5 000 €/año. TASA DE VADO. Si empresa necesita acceso de vehículos a su local desde la vía pública (puertas industriales, talleres). 100-500 €/año por metro lineal de fachada. TASA DE ALCANTARILLADO Y AGUA. Variable según consumo. Para empresa con consumo de agua intensivo (restaurantes, talleres): 1 000-5 000 €/año. IMPUESTOS COMERCIALES ESPECÍFICOS. (1) Terrazas en hostelería: tasa anual por m² de terraza ocupada. (2) Publicidad exterior: tasa por carteles o anuncios en vía pública. (3) Mercados municipales: tasa por puesto en mercado público. IMPACTO ACUMULADO. Para empresa mediana (CN 5 millones €) con local en Madrid centro: IAE 30 000 + IBI 15 000 + tasas varias 5 000 = 50 000 €/año de tributos municipales (1% de CN). Para grandes empresas en zonas prime: puede llegar a 100 000+ €/año. PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS <1M €. SIN IAE, SIN ICIO grande (obras menores). Tributos municipales total ~3 000-10 000 €/año típico — significativo pero manejable. PLANIFICACIÓN. (1) DOMICILIACIÓN bancaria de todos los tributos para evitar olvidos y recargos. (2) DEDUCCIÓN FISCAL: todos los tributos municipales son DEDUCIBLES como gasto de la actividad en IS o IRPF. (3) REVISIÓN ANUAL de valores catastrales: si propiedad fue tasada bajo, podría haber subido — revisar para no pagar de más.

IAE estimado por tamaño de empresa y zona

Estimaciones para empresas con cifra de negocios >1 millón €. Coeficiente total combina ponderación nacional + situación municipal + recargo provincial. Autónomos y empresas <1M €: exentos.

Cuota tarifaCoef. 100% (rural)Coef. 200% (ciudad media)Coef. 400% (Madrid centro)Coef. 500% (Barcelona prime)
1 000 €1 290 €2 580 €5 160 €6 450 €
3 000 €3 870 €7 740 €15 480 €19 350 €
5 000 €6 450 €12 900 €25 800 €32 250 €
10 000 €12 900 €25 800 €51 600 €64 500 €
20 000 €25 800 €51 600 €103 200 €129 000 €

Coeficiente ponderación 1,29 para CN 1-5M €. Para empresas grandes (CN >10M €): pond. 1,32-1,35. Coeficientes situación municipal y recargo provincial varían — consultar ordenanza fiscal del ayuntamiento.

Frequently Asked Questions

Quién está exento del IAE?

EXENCIONES IMPORTANTES (Ley 51/2002). (1) PERSONAS FÍSICAS (autónomos): exentas totales del IAE desde 2003. SOLO empresas (personas jurídicas) tributan. (2) ENTIDADES con cifra de negocios <1 MILLÓN € el año anterior: exentas. (3) ENTIDADES en sus 2 PRIMEROS AÑOS de actividad: exentas. (4) ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO (asociaciones, fundaciones): exentas si actividades son no lucrativas. (5) ENTIDADES PÚBLICAS Y ORGANISMOS sin actividad económica. PARA AUTÓNOMOS: aunque exentos del PAGO, deben ESTAR DE ALTA en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036/037) y indicar el epígrafe IAE correspondiente.

Qué es la cifra de negocios?

CIFRA DE NEGOCIOS = INGRESOS POR VENTAS Y SERVICIOS netos del año anterior. CÁLCULO: ingresos por actividad ordinaria menos descuentos y devoluciones. Para grupos de empresas: cifra CONSOLIDADA del grupo (no individual de cada empresa). VERIFICACIÓN: cuentas anuales depositadas en Registro Mercantil. La cifra del año N determina si la empresa está OBLIGADA al pago del IAE en el año N+1. Ejemplo: empresa con cifra de negocios 2024 = 1 200 000 €: OBLIGADA al pago del IAE en 2025.

Qué es el coeficiente de situación?

MULTIPLICADOR MUNICIPAL que refleja la calidad del emplazamiento. Cada ayuntamiento clasifica sus calles/zonas en CATEGORÍAS (1ª, 2ª, 3ª, 4ª, etc.) según afluencia comercial. COEFICIENTES TÍPICOS. Categoría 1ª (zona prime, ej. Gran Vía Madrid, Paseo de Gracia Barcelona): coeficiente 2,5-3,8. Categoría intermedia: 1,2-2,0. Periferia/residencial: 0,4-0,8. EFECTO. Mismo negocio en zona prime paga 5-10X más IAE que en zona periférica. Decisión de localización importante para empresas en sectores con alto IAE relativo a su cifra de negocios.

Cómo se busca el epígrafe IAE correcto?

TARIFAS IAE (RD 1175/1990, modificado): clasificación oficial con ~1 100 epígrafes para actividades empresariales, profesionales y artísticas. ESTRUCTURA: 3 secciones (empresariales, profesionales, artísticas), divisiones, agrupaciones, grupos, epígrafes individuales. EJEMPLOS. 671 Servicios de restaurantes. 6712 Restaurantes de tres tenedores. 6531 Comercio menor mobiliario. 4321 Comercio menor productos farmacéuticos. 8421 Servicios bancarios. 9711 Servicios médicos. ELECCIÓN: revisar tarifas oficiales, consultar gestoría o asesoría fiscal. SIST. INDEXADO disponible en BOE y portales fiscales para búsqueda.

Cuándo se paga?

PAGO ANUAL gestionado por el ayuntamiento del término municipal donde se ejerce la actividad. CALENDARIO: cada ayuntamiento fija sus propios plazos (típicamente entre septiembre y noviembre — depende). El ayuntamiento envía notificación con la cuota a pagar. RECEPCIÓN: en el domicilio fiscal de la empresa. PAGO: vía transferencia, domiciliación bancaria o ingreso en oficina del ayuntamiento. MORA: a partir del vencimiento, recargo 5-20% según meses de retraso + intereses de demora. Para entidades grandes: domiciliación recomendada para evitar olvidos.

Y para empresas con varios establecimientos?

CADA ESTABLECIMIENTO genera un IAE separado. Empresa que opera en 5 ciudades diferentes: paga IAE en CADA uno de los 5 ayuntamientos correspondientes. CÁLCULO INDIVIDUAL por establecimiento (cuota tarifa × coeficientes específicos del municipio). RAZÓN: el IAE es tributo MUNICIPAL — cada ayuntamiento cobra por la actividad económica desarrollada en su territorio. PARA CADENAS (retail, hostelería, banca): IAE total puede ser muy significativo. Banco con 200 sucursales: IAE acumulado ~MX 500 000-2 000 000 € anual. EJEMPLO. Cadena hotelera con 3 hoteles: 1 en Madrid prime (€ 12 000), 1 en Bilbao intermedio (€ 5 000), 1 en Toledo periférico (€ 2 000). IAE TOTAL: 19 000 €.

References & Authoritative Sources

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Methodology & Review

Ugo Candido ✓ Editor
Founder & Editor-in-Chief at CalcDomain — responsible for the methodology, sourcing, and technical review of this calculator.

El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es un tributo municipal regulado por el RDL 2/2004 (TRLRHL). EXENCIONES: personas físicas (autónomos), entidades con cifra de negocios <1 millón € los dos primeros años de actividad. CÁLCULO: cuota tarifa nacional × coeficiente de ponderación nacional × coeficiente situación municipal × coeficiente recargo provincial (si aplica). Cuotas tarifa por epígrafe IAE (más de 1000 actividades). Coeficiente ponderación: 1,29-1,35 según cifra de negocios. Coeficiente situación: 0,4-3,8 según municipio. Coeficiente provincial: hasta 40% adicional. Pago anual al ayuntamiento.

Written by Ugo Candido · Last updated June 1, 2026.