Calculadora de Rendimiento de Cartera Cripto (CAGR)
Calcula la tasa de crecimiento anualizada (CAGR) de una cartera de criptomonedas — un indicador que suaviza la extrema volatilidad del mercado y permite comparar con otras inversiones, considerando la fiscalidad española de los criptoactivos.
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Comparar escenarios
How the numbers shift across typical situations for this calculator:
| Scenario | Tasa de crecimiento anual | Crecimiento total |
|---|---|---|
| €10k → €25k · 3 años | 35.72% | 150.00% |
| €5k → €4k · 2 años | -10.56% | -20.00% |
| €20k → €60k · 5 años | 24.57% | 200.00% |
Cómo funciona esta calculadora
Introduce el valor inicial, el valor final y el periodo en años. La calculadora devuelve el CAGR (tasa anualizada) y el crecimiento total en porcentaje. En cripto el CAGR es clave: multiplicar por 2,5 en 3 años equivale a un 35,7%/año compuesto, no a un 83%/año. Sobre la ganancia realizada se aplica después la escala del ahorro del IRPF (19%-28%).
La fórmula
Compound Annual Growth Rate
Start is the beginning value, End is the ending value, n is the number of years
Ejemplo práctico
Cartera que pasa de 10.000 € a 25.000 € en 3 años. Crecimiento total: +150%. CAGR: (25.000 / 10.000)^(1/3) − 1 = 35,7%/año. Al vender, la ganancia de 15.000 € tributa en la base del ahorro: 19% hasta 6.000 € y 21% sobre el resto, en torno a 2.030 € de impuesto. Importante: en España, permutar una cripto por otra ya genera ganancia o pérdida patrimonial.
Idea clave
El CAGR es la herramienta esencial para interpretar la rentabilidad de una cartera cripto, marcada por una volatilidad extrema (el Bitcoin ha sufrido caídas del 80%). Convierte una multiplicación bruta en una tasa anual comparable. En cuanto a fiscalidad, las ganancias por venta de criptomonedas tributan en la base del ahorro del IRPF (19%-28%). Un punto crítico, distinto de Francia, es que en España la permuta cripto-cripto sí genera ganancia o pérdida patrimonial en cada operación, lo que multiplica los eventos a declarar. Además existen obligaciones informativas específicas (modelos 172 y 173 para exchanges, y modelo 721 para criptos custodiadas en el extranjero).
Base del ahorro (19%-28%) y la permuta cripto-cripto
Las ganancias por la venta de criptomonedas en España se integran en la base del ahorro del IRPF, con la misma escala que las acciones: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 € y 28% por encima (escala 2024). No hay reducción por antigüedad: la ganancia tributa en el ejercicio en que se realiza.
La diferencia clave frente a Francia es el tratamiento de las permutas. En España, intercambiar una criptomoneda por otra (BTC por ETH, o por un stablecoin) constituye una alteración patrimonial que genera ganancia o pérdida en cada operación, valorada a precio de mercado. Esto multiplica el número de eventos fiscales a calcular y declarar, incluso sin haber convertido nunca a euros.
A ello se suman obligaciones informativas específicas: los exchanges residentes presentan los modelos 172 y 173, y el contribuyente con criptos custodiadas en el extranjero por más de 50.000 € debe presentar el modelo 721. El incumplimiento puede sancionarse con independencia de que exista o no ganancia.
El CAGR para domar la volatilidad cripto
El mercado de las criptomonedas se caracteriza por una volatilidad sin igual: el Bitcoin presenta una rentabilidad anualizada histórica muy alta desde 2010, pero intercalada con caídas del 75-85%. En este contexto, el CAGR (tasa de crecimiento anual compuesto) es la herramienta más fiable para interpretar una rentabilidad.
Ejemplo: una cartera que pasa de 10.000 € a 25.000 € en 3 años ha crecido un 150% en total, pero su CAGR es solo del 35,7%/año. Confundir ambos lleva a sobrestimar la rentabilidad anual. El CAGR permite además comparar con rigor cripto, ETF de acciones (7-9%/año) y oro (1-2% real).
El CAGR tiene una limitación: no dice nada del camino recorrido. Dos carteras con idéntico CAGR del 35,7% pueden haber tenido trayectorias muy distintas — una estable, otra marcada por un desplome del 80% y una posterior recuperación. En cripto, el CAGR debe leerse siempre junto a la volatilidad (caída máxima) para evaluar el riesgo real.
CAGR y fiscalidad de las criptos en España (2024-2025)
Parámetros de cálculo y tributación de los criptoactivos.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Fórmula CAGR | (final/inicial)^(1/años) − 1 |
| Tramo hasta 6.000 € | 19% |
| Tramo 6.000-50.000 € | 21% |
| Tramo > 300.000 € | 28% |
| Permuta cripto-cripto | Genera ganancia/pérdida |
| Modelos exchanges | 172 y 173 |
| Cripto en el extranjero | Modelo 721 (>50.000 €) |
| Compensación pérdidas | Mismo ejercicio + 4 años |
| Volatilidad BTC (caída) | −75 / −85% |
| CAGR ×2,5 en 3 años | 35,7%/año |
La permuta cripto-cripto tributa en cada operación. Obligaciones informativas (172/173 y 721). Conserva el registro de todas las operaciones. Fuentes: Agencia Tributaria, Ley del IRPF.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el CAGR de una cartera cripto?
CAGR = (valor final / valor inicial)^(1/años) − 1. Ejemplo: de 10.000 € a 25.000 € en 3 años, CAGR = (25000/10000)^(1/3) − 1 = 35,7%/año. El CAGR suaviza la volatilidad y hace comparable la rentabilidad.
¿Cómo tributan las criptomonedas en España?
Las ganancias se integran en la base del ahorro del IRPF y tributan según la escala 2024: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 € y 28% por encima.
¿Permutar una cripto por otra tributa?
Sí. A diferencia de otros países, en España la permuta de una criptomoneda por otra (por ejemplo BTC por ETH) genera una ganancia o pérdida patrimonial que debe valorarse y declararse en cada operación, no solo al convertir a euros.
¿Qué obligaciones informativas existen?
Los exchanges presentan los modelos 172 y 173. El contribuyente con criptos custodiadas en el extranjero por importe superior a 50.000 € debe presentar el modelo 721. No declarar puede acarrear sanciones independientes de la ganancia.
¿Por qué es tan importante el CAGR en cripto?
Por la extrema volatilidad: un activo puede triplicarse y luego caer un 80%. El CAGR convierte la rentabilidad acumulada en una tasa anual comparable, evitando la ilusión óptica de los rendimientos brutos de varios años.
¿Cómo se compensan las pérdidas en cripto?
Las pérdidas patrimoniales por venta o permuta de criptomonedas se compensan con ganancias del mismo ejercicio y de los 4 siguientes, dentro de las reglas de la base del ahorro. Conservar el registro de todas las operaciones es imprescindible.
Referencias y fuentes oficiales
- Agencia Tributaria (AEAT) — Tributación de las ganancias por criptomonedas en el IRPF · consulted May 31, 2026 · Base del ahorro 19%-28% y tratamiento de las permutas
- Agencia Tributaria (AEAT) — Modelos informativos 172, 173 y 721 sobre criptomonedas · consulted May 31, 2026 · Obligaciones de información sobre monedas virtuales
- CNMV — Comisión Nacional del Mercado de Valores — Criptoactivos y MiCA — advertencias al inversor · consulted May 31, 2026 · Regulador, riesgos de la inversión en criptoactivos
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Metodología y revisión
CAGR = (valor final / valor inicial)^(1/años) − 1, en %. El crecimiento total = (valor final − valor inicial) / valor inicial × 100. En España, las ganancias por la venta o permuta de criptomonedas se integran en la base del ahorro del IRPF y tributan según la escala 2024: 19% hasta 6.000 €, 21% de 6.000 a 50.000 €, 23% de 50.000 a 200.000 €, 27% de 200.000 a 300.000 € y 28% por encima. La permuta cripto-cripto sí genera ganancia o pérdida patrimonial. Existen obligaciones informativas (modelos 172/173 y 721 para criptos en el extranjero). Cálculo bruto, sin fiscalidad ni volatilidad intra-período.
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